jueves, 10 de abril de 2014

IGUALDAD



UNIVERSIDAD AUTONOMA DE MEXICO.


FACULTAD DE DERECHO.


GARANTIAS CONSTITUCIONALES.


ALUMNA: MARIA GUADALUPE BASTIDA SOTO


BLOQUE 2 UNIDAD 1


IGUALDAD.








IGUALDAD
CONCEPTO.
La igualdad es un derecho que como seres humanos tenemos, pero parte de un nivel de conciencia jurídica, pues según las leyes, todos somos iguales ante la ley, y debemos ser tratados como iguales, independientemente del genero, raza, color de piel, status social, económico, cultural.  
PORQUE ES UN BIEN JURIDICO TUTELADO EN ALGUNOS DERECHOS HUMANOS A NIVEL CONSTITUCIONAL?
Porque es necesario que la igualdad ente la ley de los individuos, sea protegida, pues todos los seres humanos tenemos los mismos derechos legales, y en algunas legislaciones se tiene que especificar, ya que a veces la ley deja vacios sin llenar y eso puede ser aprovechado para negar a algunos sus derechos, por las circunstancias de su vida.
Como  el tribunal constitucional chileno establece que la igualdad ante la ley consiste en que las normas jurídicas deben ser igual para todas las personas que se encuentren en las mismas circunstancias y que no deben concederse privilegios  ni imponerse obligaciones a otros que se hallan en condiciones similares. La igualdad supone la distinción razonable entre quienes no se encuentran en la misma condición.
O en la legislación española, también se establece que la igualdad jurídica ante la ley, significa que a los supuestos iguales han de serles aplicadas unas consecuencias jurídicas que sean iguales también y que para introducir diferencias entre los supuestos de hecho, tiene que existir una suficiente justificación  de tal diferencia que aparezca al mismo tiempo, como fundada y razonable de acuerdo a criterios y juicios de valor  generalmente aceptados.
O sea que a circunstancias sustancialmente iguales, debe haber un resultado lo mismo sustancialmente igual. Debe haber un juicio de igualdad. Y esta igualdad se constituye como una condición general de  validez de las leyes y es un derecho subjetivo publico de las personas, concretándose después el principio de protección, para lograr una igualdad positiva, a través de acciones positivas que desarrollan la igualdad de oportunidades y remoción de los obstáculos que se oponen a ella.
  

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